Ayudas 2025 para el sector artesano
1.- OBJETO. Programa de instalación, mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano. Participación en ferias comerciales del correspondiente sector de actividad o relacionadas con el mismo. Nuevos profesionales artesanos 2.- BENEFICIARIOS. Pequeñas y medianas empresas (PYMES) artesanas, bien sean personas físicas o jurídicas, incluyendo las sociedades civiles, que tengan su domicilio fiscal en Aragón, y que se hallen inscritas en el Registro General de Artesanía de Aragón, con una actividad que esté incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos (Orden de 24 de enero de 2001, “Boletín Oficial de Aragón”, número 18, de 12 de febrero de 2001) excepto el subsector 12 (servicios y bienes de consumo) y el subsector 14 (Artesanía Alimentaria). 3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. Serán objeto de subvención las siguientes actuaciones: Instalación, mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano. 1. Obras para la instalación, reforma, ampliación o mejora del taller de producción, del almacén o local comercial. 1. Adquisición de maquinaria, herramientas o equipamiento para taller de producción, del almacén o local comercial. Participación como expositor en ferias profesionales, comerciales o exposiciones individuales o colectivas. La incorporación de nuevos profesionales a la actividad artesana. 4.- GASTOS SUBVENCIONABLES 4.1. Realización de inversiones en el taller de producción, almacén o local comercial: Respecto a la instalación, reforma, ampliación o mejora del taller…