Convocatoria 2024 de subvenciones para el fomento de contratación estable y de calidad y del empleo autónomo en Barbastro

Orden de convocatoria: BOA nº 92, del 15/05/2024 . Entidad convocante: Ayuntamiento de Barbastro. 1.- OBJETO. El objeto de esta convocatoria es la regulación, en régimen de concurrencia competitiva regulada en el artículo 16.2 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, de la concesión de subvenciones destinadas a dos finalidades: a) El fomento de la contratación laboral de trabajadores estable y de calidad en el municipio, por parte de empresas que desarrollen actividad en centro de trabajo ubicado en Barbastro. b) La promoción y apoyo de proyectos de autoempleo que faciliten a personas desempleadas su establecimiento como trabajadores autónomos o por cuenta propia en el municipio. 2.- BENEFICIARIOS. A. CONTRATACIÓN ESTABLE Y DE CALIDAD Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, y las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, que realicen efectivamente una actividad empresarial dentro del municipio y ejecuten las actuaciones comprendidas en el punto Tercero a) de la convocatoria. B. FOMENTO DEL EMPLEO AUTÓNOMO Podrán ser beneficiarios de las subvenciones aquellas personas desempleadas que se hayan establecido en el municipio como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio: – En caso de que la actividad económica se desarrolle en un local determinado, directamente afecto a la actividad, dicho local…

Convocatoria 2024 de subvenciones para el fomento de actividades empresariales en Barbastro

Normativa: Bases reguladoras Orden Orden EEI/340/2024, de 5 de abril (BOA nº 74, del 16/04/2024) Orden de convocatoria: BOA nº 93, del 15/05/2024 . Entidad convocante: Departamento de Economía, Empleo e Industria de Aragón. 1.- OBJETO. El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la generación de actividades empresariales de producción de bienes y servicios en el municipio de Barbastro, en concreto: 1. Primera instalación de actividades empresariales y, por tanto, apertura de nuevos establecimientos, ya sea por nueva instalación o por traslado. 2. Ampliación de actividades empresariales existentes. 3. Modificación o alteración de actividades empresariales existentes que requieran un nuevo título habilitante o modificación del título habilitante previo, incluidas aquellas actividades que se hayan modificado como consecuencia de la situación provocada por la COVID-19. En estos casos deberá haberse producido una inversión mínima de 6.000 euros. 4. Cambio de titularidad de actividades existentes, el mismo no podrá ser consecuencia de un simple cambio de persona jurídica integrada por los mismos titulares y deberá haberse producido una inversión mínima de 6.000 euros. 2.- BENEFICIARIOS. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su forma jurídica, que realicen efectivamente una actividad empresarial dentro del municipio y ejecuten las actuaciones comprendidas en el objeto de la presente subvención. 3.- GASTOS SUBVENCIONABLES. Podrán ser objeto de subvención municipal los…

AYUDAS 2024. Programa para el Fomento y Consolidación del Empleo Autónomo

Normativa: Bases reguladoras Orden Orden EEI/340/2024, de 5 de abril (BOA nº 74, del 16/04/2024) Orden de convocatoria: BOA nº 93, del 15/05/2024 . Entidad convocante: Departamento de Economía, Empleo e Industria de Aragón. 1.- OBJETO. La finalidad de estas subvenciones es apoyar el autoempleo y el emprendimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón, fomentando para ello el establecimiento de personas desempleadas como personas trabajadoras autónomas, favoreciendo el mantenimiento y la consolidación de su actividad económica y promoviendo el relevo generacional y la inserción laboral de familiares colaboradores. 2.- BENEFICIARIOS. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se convocan por medio de esta Orden aquellas personas físicas que, cumpliendo los requisitos previstos específicamente en la Orden EEI/340/2024, de 5 de abril, para cada modalidad de subvención y dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: a) Que se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio. b) Que se incorporen al negocio familiar como personas autónomas colaboradoras. c) Que formen parte, en su calidad de personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal. d) Que contrate a la primera persona trabajadora por cuenta ajena. e) Que se establezcan como personas trabajadoras autónomas por cuenta propia o como miembros…

Ayudas individuales para personas con grado de discapacidad y en situación de dependencia 2024

1.- BENEFICIARIOS. Podrán solicitar las ayudas, con cargo al ejercicio presupuestario de 2024: a) Las personas que tengan Resolución de reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33%, a fecha de finalización del plazo de solicitud de esta convoca toria. b) Las personas que tengan Resolución de reconocimiento de valoración de la situación de dependencia con grado II y III, a fecha de finalización del plazo de solicitud de esta convocatoria. 2.- TIPOLOGÍA DE AYUDAS, CONDICIONES ESPECÍFICAS Y CUANTÍAS MÁXIMAS. c) Ayudas para eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación funcional de la vi vienda habitual e individual de la persona en situación de discapacidad y/o depen dencia: 1. Adaptación del baño o construcción de baño adaptado: Hasta 1.800 euros. 2. Adaptación de cocina: Hasta 1.500 euros. 3. Plataforma o silla salva-escaleras: Hasta 1.500 euros. 4. Construcción o colocación de rampas: Hasta 600 euros. 5. Ensanche y cambio de puertas: Hasta 600 euros. 6. Adaptación y/o colocación de puertas automáticas: Hasta 600 euros. Requisitos: La persona destinataria deberá haber obtenido un porcentaje igual o superior al 25 % en el baremo de limitaciones en las actividades de movilidad (BLAM) para la consideración de existencia de movilidad reducida tal y como estipula el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, o en su defecto se considerará la existencia de dificultades de movilidad si se encuentra en…

AYUDAS 2024. Subvenciones a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura.

Normativa reguladora: Orden AGM/303/2023, de 16 de marzo, por la que se desarrollan las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura. Convocatoria: ORDEN AGA/412/2024, de 22 de abril (BOA nº 86 de fecha 06-05-2024). Entidad: Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación del Gobierno de Aragón. 1.- OBJETO. La finalidad de la subvención que aquí se convoca es el impulso del sector apícola mediante una serie de subvenciones que contribuyan a la modernización y la mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos de la apicultura. 2.- BENEFICIARIOS. Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones contempladas en esta Orden: a) Las personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica, titulares de explotaciones apícolas, incluidas aquellas que sean integrantes de explotaciones de titularidad compartida contempladas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias. b) Las agrupaciones de apicultores/as en la medida que sus socios o asociados beneficiarios de las ayudas establecidas en esta orden, cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden AGM/303/2023, de 16 de marzo. 2.- GASTOS SUBVENCIONABLES. 1. Servicios de asesoramiento, asistencia técnica, formación, información e intercambio de mejores prácticas, en particular mediante actividades de colaboración en redes, para apicultores/as y organizaciones de apicultores/as. 2. Inversiones en activos materiales e inmateriales, así como otras acciones. 3….

Ayudas para la formación de cualificación y recualificación de la población activa.

Normativa: Bases reguladoras Orden EEI/395/2024, de 18 de abril. Orden de Convocatoria: Orden EEI/395/2024, de 18 de abril (BOE n.º 84. 02-05-2024). Entidad convocante: Departamento de Economía, Empleo e Industria. 1.- OBJETO. Se convocan ayudas para la formación de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas de riesgo de despoblación, así como para el acompañamiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, para el ejercicio económico del año 2024 2.- LÍNEAS DE SUBVENCIÓN. LÍNEA 1 Oferta modular de acciones formativas de sectores estratégicos desarrollada por empresas, agrupaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro. Comprenderá: a) Proyectos de empresas para la formación de sus trabajadores vinculados mediante una relación laboral, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate. b) Proyectos de agrupaciones empresariales, con o sin personalidad jurídica propia, incluidas las organizaciones empresariales sectoriales o intersectoriales, organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas, destinados a la formación de personas trabajadoras de un conjunto de empresas pertenecientes o vinculadas al beneficiario, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate. c) Proyectos de entidades…

AYUDAS 2024 de apoyo al software libre dirigidas a microempresas y a trabajadores autónomos.

Normativa reguladora: Orden IIU/777/2016, de 20 de julio (BOA nº 146, de 29/07/16) Convocatoria: Orden HAP/342/2024, de 25 de marzo (BOA nº 74 de 16/04/2024). Entidad: Departamento de Acienda y Administración Púb lica 1.- OBJETO. Es objeto de esta Orden convocar para el año 2024 subvenciones de apoyo al software libre, de acuerdo con lo dispuesto sobre esta línea de subvención en la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad. Esta línea, se denominará a partir de ahora “Software libre”. 2.- BENEFICIARIOS. Las microempresas y trabajadores/as autónomos cuyo objeto social o actividad corresponda al sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con domicilio, razón social o actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón o poseer oficinas o delegaciones en Aragón. No podrán concurrir a esta misma convocatoria los autónomos que sean empleados o socios en una empresa y dicha empresa, inadmitiéndose las solicitudes de ambos. 3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. La realización de desarrollos software en código abierto que se liberen de acuerdo con alguno de los tipos de licencia existentes (EUPL, APv2, etc) que incluya la publicación del código fuente de forma pública y abierta. Dichos desarrollos consistirán en pequeñas aplicaciones completas, preferentemente para móviles o tabletas, instalación incluida y que utilicen como fuente de datos al menos uno de sus recursos….

AYUDAS 2024 A LA INVERSIÓN, MEJORA Y DIGITALIZACIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO

Normativa: Bases reguladoras EIE/815/2016, de 25 de julio (BOA nº 152, del 08/08/2016), modificada por la Orden ICD/417/2021 de 21 de abril. Convocatoria: ORDEN EEI/319/2024, de 27 de marzo (BOA nº 70, del 10/04/2024). Entidad convocante: Departamento de Economía, Empleo e Industria. 1.- OBJETO. Convocar, para el año 2024, las ayudas con destino a iniciativas empresariales de inversión y mejora en el pequeño comercio, correspondientes a los Pro­gramas de apoyo a la competitividad de las PYMES de comercio minorista aragonés. 2.- BENEFICIARIOS. Podrán acceder a esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles 3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. Serán objeto de subvención con cargo a estas ayudas las actuaciones dirigidas a la inversión y mejora en los comercios minoristas. Las actuaciones objeto de subvención se realizarán en establecimientos comerciales ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón. Serán gastos subvencionables aquellas inversiones en activos fijos que deriven de los conceptos que se describen a continuación. – Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal o la supresión de barreras para personas con discapacidad. – Mejoras y equipamiento de escaparates. – Rótulos, toldos y marquesinas exteriores. – Equipamiento destinado a la sala de ventas: mobiliario de exposición, cámaras frigoríficas, y balanzas o TPVs. – Adecuación de puertas de acceso, para que permanezcan cerradas bien…

AYUDAS 2024 PARA EL SECTOR ARTESANO

Normativa: Bases reguladoras EIE/815/2016, de 25 de julio (BOA nº 152, del 08/08/2016) Orden de convocatoria: EEI/315/2024, de 22 de marzo (BOA nº 69, del 09/04/2024. Entidad convocante: Departamento de Economía, Empleo e Industria. 1.- OBJETO. Convocar para el año 2024 ayudas para el sector artesano, que contempla acciones en los siguientes ámbitos estratégicos: a) Programa de instalación, mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano. b) Participación en ferias comerciales del correspondiente sector de actividad o relacionadas con el mismo. c) Nuevos profesionales artesanos 2.- BENEFICIARIOS. 1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) artesanas, bien sean personas físicas o jurídicas, incluyendo las sociedades civiles, que tengan su domicilio fiscal en Aragón, y que se hallen inscritas en el Registro General de Artesanía de Aragón, con una actividad que esté incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos (Orden de 24 de enero de 2001, “Boletín Oficial de Aragón”, número 18, de 12 de febrero de 2001) excepto el subsector 12 (servicios y bienes de consumo) y el subsector 14 (Artesanía Alimentaria). 3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. Serán objeto de subvención las siguientes actuaciones: 1.1. Programa de instalación, mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano. a) Obras para la instalación, reforma, ampliación o…

AYUDAS 2024. Subvenciones destinadas a apoyar la nueva participación en regímenes de calidad.

Normativa reguladora: Orden AGM/426/2023, de 3 de abril Convocatoria: ORDEN AGA/304/2024, de 19 de marzo (BOA nº 67 de fecha 10/04/2024). Entidad: Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación del Gobierno de Aragón. 1.- OBJETO. Convocar las subvenciones, destinadas a apoyar la participación de agricultores, ganaderos y sus agrupaciones agrícolas y/o ganaderas, por primera vez en los regímenes de calidad, para el año 2024 en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 2.- BENEFICIARIOS. Podrán ser personas beneficiarias de la subvención, los agricultores, ganaderos y agrupaciones de agricultores y/o ganaderos que: Participen por primera vez, siempre que se den de alta en el régimen de calidad correspondiente a partir del 1 de enero de 2024 Aquellos que la solicitaron en los años 2020-2021-2022-2023 y su solicitud fue estimada por lo que este sería su 2º, 3º, 4º o 5º año de pago. En cualquiera de los regímenes de calidad siguientes: a) Denominación de Origen Protegida (DOP) “Jamón de Teruel” / “Paleta de Teruel”. b) DOP “Aceite del Bajo Aragón”. c) DOP “Melocotón de Calanda”. d) DOP “Aceite Sierra del Moncayo”. e) DOP “Cebolla Fuentes de Ebro”. f) Indicación Geográfica Protegida (IGP) “Ternasco de Aragón”. g) DOP “Cariñena”. h) DOP “Campo de Borja”. i) DOP “Somontano”. j)…

CONVOCATORIA 2024. Pruebas para la obtención del Certificado Profesional habilitado en la especialidad aparatos elevadores, categoría de operador grúas móviles autopropulsadas A y B

Normativa: Bases reguladoras Decreto 116/2003, de 3 de junio del Gobierno de Aragón Orden de convocatoria: BOA nº 67, del 05/04/2024. Entidad convocante: Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo empresarial de Huesca. 1.- SOLICITUDES. Las solicitudes deberán presentarse antes del 29 de abril del 2024. 2.- DERECHOS DE EXAMEN. Los derechos de examen se fijan en 30,65 euros que deberá realizarse mediante autoliquidación según modelo 514. 3.- REQUISITOS DE ADMISIÓN. Estar en posesión del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos laborales. Ser mayor de edad antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes. Haber recibido y superado un curso impartido por una entidad de formación habilitada en Aragón, en la especialidad de aparatos de elevación (categoría de operador de grúas móviles autopropulsadas A o B según el caso), cuya duración y contenido se ajustarán a lo establecido en el apartado 8 anexo II del Decreto 116/2003, de 3 de junio 4.- CONTENIDO Y DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los candidatos para que acrediten su identidad y serán convocados en llamamiento único. La prueba consistirá en la realización de un ejercicio tipo test teórico y práctico, sobre los contenidos mínimos contemplados en el anexo VII del Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido…

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