Normativa: Bases reguladoras Orden TSM/368/2019, de 28 de marzo. Orden de convocatoria: Orden EPE/1104/2021, de 27 de agosto (BOA n.º 189, 10-09-2021) Entidad convocante: Departamento de Economía, Planificación y Empleo 1.- FINALIDAD. Impartir acciones de formación dirigidas a personas desempleadas, que incluyan obligatoriamente la contratación de un porcentaje de las personas que finalicen la formación. 2.- BENEFICIARIOS. Empresas o entidades con centros de trabajo en Aragón. Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en la fecha de presentación de la solicitud. Agrupaciones de personas jurídicas (empresas o entidades). 3.- COMPROMISO DE CONTRATACIÓN. Las entidades beneficiarias deberán contratar entre sus centros de trabajo radicados en Aragón, al menos, al 60% de los trabajadores formados. Con carácter general, la contratación se realizará en un plazo máximo de 6 meses tras la finalización de la acción formativa. La jornada de trabajo será a tiempo completo o parcial (mínimo 50% de la jornada). La duración del contrato será como mínimo de 6 meses en caso de jornada a tiempo completo y de 9 meses en caso de jornada a tiempo parcial. La contratación deberá realizarse en una ocupación relacionada con la especialidad formativa impartida. Los contratos que se celebren podrán beneficiarse de los incentivos o beneficios en la cotización a la Seguridad Social u otro tipo de ayudas…